Se permitirá el transporte marítimo en la Laguna Gri-Gri,
Isla Saona, Isla Catalina y Cayo Levantado, siempre y cuando se realicen en
embarcaciones reguladas por el Ministerio de Turismo.
Santo
Domingo.- Como medida
de seguridad para los turistas nacionales y extranjeros, el Ministerio de
Turismo (Mitur), anunció la prohibición, durante el periodo de Semana Santa, el
uso de vehículos de motor, jet ski, runner, wave, y caballos, en las playas y
balnearios en todo el país.
Dicha disposición está
contenida en la resolución 104/2018, y será implementada desde el Jueves Santos
al Domingo de Resurrección, como medida se seguridad para los miles de personas
que durante el asueto de la semana mayor hacen uso de estos espacios públicos.
Asimismo, prohíbe el uso
de cualquier embarcación, objeto,
instrumento o equipo que entrañe un
peligro a los bañistas y personas que se encuentren en todas las playas y
balnearios del territorio nacional que congreguen turistas nacionales o
extranjeros.
Durante el período de
Semana Santa, las playas, ríos y otros balnearios reciben una proporción mayor
de visitantes, que hace necesario que las autoridades adopten medidas
especiales de seguridad.
Asimismo, se establece que
sin perjuicio a lo establecido en dicha resolución, se permitirá el transporte
marítimo en la Laguna Gri-Gri, Isla Saona, Isla Catalina y Cayo Levantado,
siempre y cuando se realicen en embarcaciones reguladas por el Ministerio de
Turismo.
Mitur es la encargada de
velar y coordinar con las demás instituciones del estado todas las medidas que
garanticen la integración física y el disfrute de los turistas en un ambiente
familiar en estos lugares.
El Cuerpo Especializado de
Seguridad Turística (CESTUR), es la institución que debe velar para dar
cumplimiento a esta resolución, así como el Ministerio de Defensa, la Policía
Nacional, Abogado del Estado, Ministerio Público, Dirección General de la
Defensa Civil, Comité de Operaciones Especiales (COE), entre otras.
Datos
Esta resolución prohíbe,
sin perjuicio de lo establecido en las Resoluciones No. 02/04, de fecha 31 de
agosto del año 2004, Resolución No.081/15, de fecha 18 de febrero del año 2015.
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